El Congreso aprueba la supresión del despido automático por incapacidad permanente
El texto pasa al Senado con el apoyo de todos los grupos parlamentarios, excepto Vox.

Madrid--Actualizado a
La Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Congreso ha aprobado este jueves con competencia legislativa plena el proyecto de ley que elimina como causa automática de extinción de contrato el reconocimiento de la incapacidad permanente, con 34 votos a favor y tres abstenciones.
El texto, que pasa ahora al Senado, ha contado con el apoyo de todos los grupos parlamentarios salvo Vox, que lo ha rechazado por entender que "deja en el aire" la garantía de las prestaciones por incapacidad permanente total, porque "ya no dependerán del Estado, sino de la viabilidad de cada empresa".
El diputado de Vox Juan José Aizcorbe también ha asegurado que la norma "penalizará" al trabajador con discapacidad debido a que, si se le reubica en la misma empresa para ejercer otro trabajo, "perderá la pensión". Igualmente, ha advertido de que se pone en riesgo a los pensionistas con incapacidad permanente porque "se abre la puerta a que puedan seguir trabajando, algo que según sentencia del Tribunal Supremo es incompatible".
La norma garantiza el derecho a la igualdad de empleo
La norma pretende garantizar, de una manera más eficaz, el derecho a la igualdad en el empleo de las personas con discapacidad, dice el texto del proyecto. El pasado 23 de julio, el Gobierno aprobó el proyecto de ley que modifica el Estatuto de los Trabajadores para eliminar la incapacidad permanente –total, absoluta o gran invalidez– como causa automática de extinción de contrato.
Con la nueva norma, el trabajador decidirá voluntariamente si desea la extinción del contrato o prefiere que la empresa le adapte el puesto para continuar trabajando o le busque uno nuevo, siempre que esto no suponga un coste excesivo. De esta forma, el trabajador podrá solicitar, en un plazo de un mes, desde la notificación del reconocimiento de incapacidad permanente, el mantenimiento de su puesto y, a partir de entonces, la empresa tendrá tres meses para adaptarlo a las nuevas necesidades, cambiarlo a otro puesto o extinguir el contrato si se dan las condiciones requeridas.
En las empresas que empleen a menos de 25 personas trabajadoras se considerará excesiva la carga cuando el coste de adaptación del puesto de trabajo, sin tener en cuenta ayudas o subvenciones públicas, supere la cuantía de la indemnización o la de seis meses de salario del trabajador.
La persona trabajadora dispondrá de un plazo de diez días naturales desde la fecha en que se le notifique la incapacidad, en tanto que la empresa dispondrá de un plazo máximo de tres meses para realizar los ajustes razonables o el cambio de puesto de trabajo y, en caso de que eso no sea posible, tendrá otros tres meses para proceder a la extinción del contrato.
El Gobierno presentará en un año otra propuesta
La portavoz socialista en la Comisión de Trabajo, Elisa Garrido, ha valorado una ley "trascendente socialmente y demandada por el sector de la discapacidad", al tiempo que ha añadido, que, además, "acata las sentencias que ya estaban obligando a las empresas a hacer este tipo de adaptaciones".
Desde el grupo parlamentario popular, la portavoz en la Comisión, Irene Garrido, ha puesto en valor la enmienda transaccional pactada con PSOE y Sumar para que el Gobierno, en el plazo de un año y en el marco del diálogo social, presente una propuesta de modificación del régimen del personal de la Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía y Fuerzas Armadas.
El objetivo, ha dicho, es garantizar la posibilidad de adaptar el puesto de trabajo de estos colectivos en caso de incapacidad permanente, absoluta, total o gran incapacidad.
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