La Justicia bloquea la orden de Trump que impedía a las personas trans ingresar en el Ejército
El decreto reservaba el servicio militar a aquellos "mental y físicamente aptos para el deber", considerando que las personas trans no eran compatibles con unos "estándares elevados de preparación de las tropas".

Madrid-
Una jueza estadounidense ha bloqueado este martes la orden ejecutiva dictada por el presidente de EEUU, Donald Trump, contra las personas trans en las fuerzas armadas del país.
La resolución de la magistrada Ana Reyes tiene como objetivo mantener el statu quo existente sobre las personas trans en el Ejército antes de los cambios establecidos a finales de enero por la nueva Administración republicana.
En su orden ejecutiva 14183, Trump estipuló que identificarse con un género diferente del sexo asignado a un individuo "entra en conflicto con el compromiso de un soldado con un estilo de vida honorable, veraz y disciplinado, incluso en su vida personal".
Según ese documento, el uso de pronombres incompatibles con el sexo asignado comprometía "la capacidad del Gobierno de establecer estándares elevados de preparación de las tropas, letalidad, cohesión, honestidad, humildad, uniformidad e integridad".
El texto defendía la decisión con el objetivo de velar por el bien de Estados Unidos y de los ciudadanos que se alistan para servir al país, reservando el servicio militar a aquellos "mental y físicamente aptos para el deber".
La orden ejecutiva declaraba que "las Fuerzas Armadas deben adherirse a altos estándares de salud mental y física para garantizar que nuestros militares puedan desplegarse, luchar y ganar, incluso en condiciones de austeridad y sin el beneficio de tratamiento médico rutinario ni provisiones especiales".
La demanda había sido presentada por seis miembros trans en activo y dos personas que querían alistarse, alegando que esa orden violaba sus derechos constitucionales.
La magistrada ha suspendido su aplicación hasta el próximo 21 de marzo, y ha dicho que su resolución entrará en vigor ese día automáticamente a las 10.01 de la mañana (15.01 horas en España), a menos que un tribunal de Apelación diga lo contrario.
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